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Servicio Nacional de Registro y Control de la Comercialización de Minerales y Metales
Estado Plurinacional de Bolivia - Ministerio de Minería y Metalurgia
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Fecha: 2020-06-02 13:35:00

Minería establece un protocolo de bioseguridad para el sector

La Paz, 2 de junio de 2020 (Información tomada del MMM/UCS).-El Ministerio de Minería y Metalurgia-MMM estableció un Protocolo de Bioseguridad para el sector minero de Bolivia, en coordinación con el Ministerio de Trabajo Empleo y Previsión Social, y el Ministerio de Salud mediante la Resolución Multi-Ministerial 02/2020.

Dicha normativa en mérito al inciso a) del Parágrafo ll del Artículo 5 del Decreto Supremo N° 4229, del 29 de abril de 2020, y la Resolución Multi-Ministerial N° 01/2020, del 30 de abril de 2020, tiene por objeto reglamentar toda la cadena productiva minera considerando medidas de bioseguridad para el sector, la supervisión y control de cumplimiento de las medidas de bioseguridad y suministros.

También, establece la provisión de materiales, insumos, herramientas, equipamiento, apoyo de los Gobiernos Autónomos departamentales y los Gobiernos Autónomos Municipales y los horarios de las operaciones mineras en el marco del protocolo de bioseguridad establecido por los tres ministerios del Estado para evitar la propagación del Coronavirus (Covid-19).

La Resolución Multi-Ministerial 02/2020 establece que los operadores mineros: estatal, privado y cooperativo deberán, mínimamente, sujetarse a lo establecido por el Protocolo de Bioseguridad para el sector, documento que se encuentra adjunto en Anexo que forma parte indivisible de la mencionada resolución.

El Protocolo de Bioseguridad para Actividades del Sector Minero tiene como objetivo establecer el reinicio de las operaciones mineras de manera responsable en toda la cadena productiva del sector, con el fin de prevenir el contagio y la propagación del Covid-19. En la cual indica la permanencia del Coronavirus en diferentes superficies para su desinfección.

También, destaca la importancia de la limpieza y desinfección de manos; la higiene respiratoria y etiqueta de la tos; el distanciamiento social, la vitalidad del descongestionamiento de ambientes, desinfección de superficies, desinfección de herramientas y equipos de trabajo; la protección al personal. Además, se destaca la relevancia de la gestión de residuos sólidos provenientes del Covid-19, la gestión de residuos biológicos y costumbristas.

El protocolo de bioseguridad detalla los productos que deben usar para la desinfectar ambientes, manos y otros. Además, instaura que la atención de servicios de salud para los trabajadores, asociados y/o personal del sector minero, ante las sospechas o identificación de síntomas de Covid-19, deben comunicarse con el personal de salud más cercano a la operación minera para su atención inmediata y oportuna.

La normativa Multi-Ministerial 02/2020 determina que los actores mineros estatal, privado y cooperativista, a través del personal capacitado, deberán brindar información mediante una capacitación general a todos sus dependientes sobre la aplicación del protocolo instaurado para el sector.

En cuanto al transporte del personal al lugar de trabajo los mismos deberán cumplir con la limpieza y desinfección del ambiente interior y exterior, en cada ruta o tramo que realice hasta y desde el lugar de operaciones.

Para más detalles pueden descargar el Protocolo de Bioseguridad para el sector minero aquí https://bit.ly/2BoAUqV

Fuente: Ministerio de Minería y Metalurgia

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