Servicio Nacional de Registro y Control de la Comercialización de Minerales y Metales
Estado Plurinacional de Bolivia - Ministerio de Minería y Metalurgia
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Fecha: 2018-09-13 13:01:00

Senarecom y gobierno autónomo municipal de San Ramón firman convenio de cooperación interinstitucional para controlar las regalías mineras

Santa Cruz, 13 de septiembre de 2018 (Senarecom Informa).- El Servicio Nacional de Registro y Control de la Comercialización de Minerales y Metales (Senarecom) y el gobierno autónomo municipal de San Ramón, firmaron este jueves un convenio de cooperación interinstitucional que tiene como finalidad controlar las recaudaciones por concepto de regalías mineras que percibe el Municipio de San Ramón por la comercialización interna y externa de minerales y metales, particularmente por la explotación  del oro.

El convenio fue suscrito en la oficina departamental del Senarecom Santa Cruz en presencia de autoridades de ambas instituciones gubernamentales, en el acto el director ejecutivo del Senarecom, Jhonny Maldonado Barrancos, dijo que “el convenio tendrá resultados medibles porque se tendrá mayores ingresos por concepto de regalías mineras”.

“Si no nos integramos y generamos acuerdos intergubernativos con seguridad no llegaremos a buen puerto”, agregó Maldonado.

Hizo énfasis en que el Estado tiene una nueva estructura de progreso donde las gobernaciones y municipios deben coordinar e impulsar al crecimiento de la minería en Bolivia.

Por su parte, el alcalde de San Ramón, Ismael Villca Mamani, afirmó que su municipio históricamente posee un potencial minero, tomando en cuenta el oro.

“San Ramón se ha organizado y muchas poblaciones donde existen cooperativas mineras quieren trabajar legalmente, queremos que entidades de minería como el Senarecom se asienten y que no solamente controlen, sino coadyuven y apoyen a la explotación del oro”, enfatizó.

Apuntó además que el convenio es un llamado para que las cooperativas mineras se legalicen.

El gobierno autónomo municipal de San Ramón en el marco del convenio interinstitucional proporcionará al Senarecom información actualizada de actores productivos mineros que se encuentren comercializando minerales y metales en ese lugar; coadyuvará en la identificación de posibles puntos de actividad de comercialización de minerales y metales sin registro y/o clandestina en el Municipio; como también en la organización y realización de talleres de socialización y capacitación a actores productores mineros conforme a normativa específica de la comercialización de minerales y metales.

Asimismo, brindará apoyo logístico para realizar una efectiva actividad relativa al registro y control de comercialización de minerales y metales; coadyuvará de acuerdo a sus competencias al cumplimiento de metas programadas por el Gobierno Municipal y la oficina regional del Senarecom a instalarse en el Municipio de San Ramón.

Para efectivizar este convenio se procederá con la apertura de una oficina municipal de control de verificación de regalías por la comercialización de minerales y se otorgará equipamiento básico, que posibilite el funcionamiento del Senarecom incluyendo el mobiliario necesario (escritorio, sillas, archiveros/estantes).

Por su lado, el Senarecom proporcionará reportes de manera periódica al gobierno autónomo municipal de San Ramón sobre la comercialización de minerales y metales procedentes de ese municipio; planificará y efectuará conjuntamente con el municipio operativos regulares de control a lugares de explotación y comercialización de minerales y metales.

Intercambiará información respecto al empoce de recursos por concepto de regalías mineras, efectuará reuniones de coordinación con la unidad a ser designada por el gobierno autónomo municipal de San Ramón para el cumplimiento de sus funciones específicas.

Efectuará de manera coordinada conjuntamente con el gobierno municipal de San Ramón la formalización y registro de las operaciones de los operadores mineros y brindará asesoramiento y capacitación a los operadores mineros, acerca del llenado de los formularios NIAR, M-01, M-02 y M-03.

El Artículo 87 de la Ley de Minería y Metalurgia, dispone dentro de las atribuciones del Senarecom, el controlar el cumplimiento de las normas legales que regulan la comercialización interna y externa de minerales y metales, verificar el pago de regalías mineras en coordinación con los gobiernos autónomos departamentales, proporcionar regularmente a los gobiernos autónomos departamentales y municipales, información actualizada sobre la comercialización interna y externa de minerales y metales a efecto de contribuir al control, fiscalización y percepción de las regalías mineras, entre otras.

 

 

 

 

Fuente: SENARECOM

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