Servicio Nacional de Registro y Control de la Comercialización de Minerales y Metales
Estado Plurinacional de Bolivia - Ministerio de Minería y Metalurgia
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Fecha: 2018-11-28 12:20:00

Senarecom y Gobernación de Oruro firman convenio intergubernativo

Oruro, 28 de noviembre de 2018 (Senarecom Informa).- El Servicio Nacional de Registro y Control de la Comercialización de Minerales y Metales (Senarecom) y el Gobierno Autónomo Departamental de Oruro, firmaron el convenio intergubernativo que establece los términos y condiciones para delegar parcialmente la competencia  exclusiva del nivel central del Estado de “Recursos naturales estratégicos”.

“El convenio tiene el propósito de controlar la comercialización de minerales a través de los gobiernos departamentales y municipales”, explicó el director ejecutivo del Senarecom, Jhonny Maldonado Barrancos.

Acentuó que se irá implementando el control interno en el departamento de Oruro en los próximos días.

El convenio indica que el Senarecom realizará la delegación parcial del control de la comercialización interna y externa de minerales y metales, correspondiendo al GAD-ORU las siguientes actividades.

  1. Inspecciones a operadores y actores mineros que comercializan minerales y metales para su registro en el SENARECOM y en este contexto aplicar sanciones administrativas.
  2. Ejercer control de la comercialización de minerales y metales en el mercado interno y en este contexto aplicar sanciones administrativas.
  3. Controlar la comercialización externa de minerales y metales efectuando inspecciones de peso en frontera, además de realizar acciones conjuntas con el SENARECOM para determinar los acompañantes de minerales y metales que se exportan.

Asimismo, la facultad reglamentaria que se delega parcialmente a la Gobernación de Oruro son las siguientes:

Para el Registro de Comercializadores de Minerales y Metales

  1. Reglamentar el procedimiento de inspecciones de registro a los actores y operadores mineros para su posterior legalización y formalización ante SENARECOM.
  2. Reglamentar el régimen de infracciones y sanciones ante la omisión del registro de actores y operadores mineros que comercializan minerales y metales conforme el Reglamento de Infracciones y Sanciones (RIS) del SENARECOM.
  • Para el Control del Comercio Interno de Minerales y Metales:
  1. Reglamentar el procedimiento para la emisión del Formulario 101 de Trasporte de Minerales y Metales en el marco de la normativa vigente del sector.
  2. Reglamentar el Régimen de Infracciones y Sanciones aplicable a la comercialización interna de Minerales y Metales, conforme al Reglamento de Infracciones y Sanciones (RIS) del SENARECOM.
  3. Reglamentar el control y requerimiento de los Libros de Compras y Ventas de Minerales.
  4. Reglamentar el control de peso de minerales y metales en el comercio interno.

El evento se desarrolló en oficinas de la Gobernación de Oruro con la presencia del Gobernador, entre otras autoridades gubernamentales.

Fuente: SENARECOM

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